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¿Que personas se pueden beneficiar de esta prestación?

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¿Que personas se pueden beneficiar de esta prestación?

Todas las personas trabajadoras de alta en todos los regímenes del Sistema de la Seguridad Social, con excepción del personal funcionario incluido en el Estatuto Básico del Empleado Público, que se regirá por lo previsto en el artículo 49.e) de dicho Estatuto.

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