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Tramitación de Prestaciones de Riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural

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Tramitación:

Previo a la tramitación de la prestación, el empresario o empresaria, debe haber realizado las acciones establecidas en el Art. 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, sobre la protección de la maternidad, es decir:

  • Realizar una evaluación de riesgos por puesto de trabajo, que contemple de forma específica, la determinación de la naturaleza, el grado y la duración de la exposición de las trabajadoras en situación de embarazo lactancia o parto reciente, a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en la salud de las trabajadoras o del feto.

  • En función de los resultados de la evaluación específica de riesgos, el empresario o la empresaria deberá adaptar las condiciones o el tiempo de trabajo del puesto de tal manera que se eliminen o se minimicen los riesgos para que sean tolerables para la mujer embarazada o en periodo de lactancia.

  • Cuando la adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo no resultase posible o, a pesar de tal adaptación, las condiciones de un puesto de trabajo pudieran influir negativamente en la salud de la trabajadora embarazada o del feto, ésta deberá desempeñar un puesto de trabajo o función diferente y compatible con su estado.

  • El empresario o empresaria debe determinar, previa consulta con los representantes de los trabajadores, la relación de los puestos de trabajo exentos de riesgos a estos efectos.

La tramitación de la prestación de riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural consta de dos fases:

Valoración del riesgo y, en su caso, abono de la prestación.

1ª fase. Valoración del riesgo:

La trabajadora debe comunicar a la empresaria o empresario su situación de embarazo, para lo cual deberá solicitar de su ginecólogo del servicio público de Salud o médico de familia, un informe médico en el que se manifieste su situación de mujer embarazada o, en su caso, lactante natural a los efectos previstos en el art. 26 de la Ley de Prevención de Riegos Laborales (PDF 532Kb).

Una vez comunicada la situación de embarazo o lactancia natural, la empresa deberá adoptar las medidas preventivas necesarias o, en su caso, el cambio de puesto de trabajo.

Cuando la adaptación de condiciones o del tiempo de trabajo no resultase posible o, a pesar de tal adaptación, las condiciones del puesto de trabajo pudieran influir negativamente en la salud de la trabajadora, del feto o del hijo lactante, se presentará la siguiente documentación:

Una vez aportada la documentación, el servicio médico de Mutualia se pondrá en contacto con la trabajadora a fin de valorar la existencia de riesgo en el puesto de trabajo, y en su caso, un técnico de Prevención de Mutualia podrá ponerse en contacto con la empresa, existiendo la posibilidad de realizar una visita, con el objeto de verificar los datos aportados.Si el certificado es positivo (existe riesgo) y la empresa certifica que no tiene otro puesto de trabajo compatible con su estado, el empresario tiene que suspender el contrato de trabajo y la trabajadora solicitar la prestación por riesgo durante el embarazo o la lactancia.

No obstante, en referencia a lo dispuesto en el art.39.6 del R.D. 295/2009, de 6 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de esta prestación, en caso de que se detecten contradicciones entre lo manifestado por la empresa y la comprobación realizada por la mutua, o concurran indicios de posible connivencia para obtener la prestación, se podrá solicitar informe a Inspección de Trabajo y Seguridad Social al objeto de que esta manifieste su conformidad o discrepancia en relación a las medidas adoptadas por la empresa, que pueda determinar el derecho al subsidio por riesgo durante el embarazo

2ª Fase. Abono de la prestación:

En el caso de trabajadoras por cuenta propia RETA, en lugar de certificado de empresa sobre datos salariales deberán presentar:

  • Fotocopia de los tres últimos recibos de autónomos abonados.

Le recordamos que al solicitar esta prestación por riesgo, puede recibir la llamada o la visita de un técnico de prevención de Mutualia, para estudiar el caso. Le agradecemos de antemano su colaboración.



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